sábado, 2 de octubre de 2021

Campoamor y el voto de la mujer

Defendí en Cortes Constituyentes los derechos femeninos....defendí esos derechos contra la oposición de los partidos republicanos más numerosos del Parlamento, contra mis afines. Triunfó la concesión del voto femenino por los votos del Partido Socialista (con destacadas deserciones), de pequeños núcleos republicanos: Catalanes, Progresistas, Galleguistas y Al Servicio de la República, y, en la primera votación de las que recayeron, por las derechas. En la última y definitiva, por la retirada de las derechas sin sus votos....Finada la controversia parlamentaria con el reconocimiento total del derecho femenino, desde diciembre de 1931 he sentido penosamente en torno mío palpitar el rencor. Razón aparente: que el voto había herido de muerte a la República; que la mujer, entregada al confesonario, votaría a favor de las derechas jesuíticas y monárquicas.
 
Hoy, cuando casi todos los partidos políticos se apuntan como propio el mérito de haber defendido la instauración del derecho a voto de la mujer, reconocido por las Cortes Constituyentes de la República Española el 1 de Octubre de 1931, no está de más recordar las palabras de la propia Clara Campoamor, con las que prologa su libro El voto femenino y yo: mi pecado mortal (publicado en 1936) y que he citado al principio. Ya en otra entrada mencioné la perversa paradoja y las contrapuestas motivaciones que llevaron a unos y otros diputados -en muchas ocasiones del mismo partido- a votar lo que votaron (o se abstuvieran) respecto al Artículo 36 (*) (34 en una numeración inicial) y que también menciona Clara Campoamor en el prólogo de su libro como razón aparente. Mejor leer el libro de Clara Campoamor para entender lo de aparente. 
 
Y como lo mejor suele ser siempre recurrir a las fuentes, recomiendo la instructiva lectura del Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes de la República Española correspondiente a la Sesión de día 1 de Octubre de 1931. El resultado de la votación fué, como es sabido, de 161 votos a favor y de 121 votos en contra; no suele mencionarse, sin embargo (ni siquiera en el citado Diario de Sesiones) que el número de abstenciones fué de  181, veinte más que los votos afirmativos. (La votación se realizó de forma nominal, para lo cual los diputados se alzaban de sus sillones para emitir su voto. Gracias a esto, podemos saber, muy aproximadamente,  quiénes votaron a favor y quiénes en contra, a pesar de que en el acta del Diario de Sesiones, varios nombres no coinciden con ninguno de los registrados como diputados  en la base de datos del Congreso). El diputado nacionalista catalán Carrasco i Formiguera (fusilado posteriormente en 1937 por los militares sublevados contra la República por el delito de adhesión a la rebelión; el 25 de septiembre de 2005, el Congreso de los Diputados acordó anular el consejo de guerra al que fue sometido) quiso, con posterioridad a la votación, explicar su voto aportando su razón esencial (la que a mí también me parece la razón esencial): Lo que no puede hacer la República es admitir aquí el principio de igualdad de derechos de los dos sexos y venir después a excluir del derecho de voto a la mitad de los ciudadanos españoles....estoy explicando el voto diciendo que he votado por la República y por la democracia.  
 
A modo de curiosidad -o algo más, quizás- entre los votos afirmativos figuran -además del de Clara Campoamor- los de Alcalá-Zamora, Fernando De los Ríos, Araquistain, Largo Caballero, Companys, Azorín, Jiménez de Asúa, Madariaga, Pérez de Ayala, Negrín, Ginés de los Ríos, Azcárate; entre los negativos están los de Victoria Kent, Ortega y Gasset,  Sánchez Albornoz, Martínez Barrios,  Royo Villanova, Elola, Lamamié; a Manuel Azaña no lo encuentro ni entre los unos ni entre los otros, por lo que deduzco que se abstuvo, aunque su grupo político de entonces (Acción Republicana) votó mayoritariamente en contra. Tampoco puede encontrarse como votante al socialista Prieto, por entonces ministro de Hacienda y cuya opinión conocida era que conceder el voto a la mujer era una puñalada trapera a la República, igualmente se abstuvo el  tambien socialista y entonces presidente del Congreso de los Diputados, Julián Besteiro, sin olvidar a Margarita Nelken, también diputada socialista e igualmente contraria al voto de la mujer; el PSOE acordó, al menos, que ninguno de sus diputados votara en contra y, finalmente,  de los 161 votos positivos, 84 fueron de diputados del PSOE (el grupo parlamentario socialista lo integraban 110 diputados). Que cada palo aguante su vela.

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(*) Artículo 36 - Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de 23 años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes.



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