El Comité Nacional de Derechos y Garantías del Partido Popular -a pesar de lo extenso de la denominación no queda claro de quien son los derechos y garantías- ha resuelto abrir expediente disciplinario y suspender cautelarmente de su militancia en el PP a Ricardo Costa. Lo de abrir expediente suena muy serio, procedimental y administrativo, pero la palabra cautela tiene, según la real Academia española de la Lengua, dos acepciones. La primera es la precaución y reserva con que se procede, la segunda indica astucia, maña y sutileza para engañar. En el actual carajal -me temo que esta palabra no figura en el diccionario de la RAE, pero es la que encuentro más descriptiva- que supone el panorama actual del PP no sé, francamente, a cual de los dos significados de la palabra cautela se refiere el Comunicado del PP. Para acabar de enredarlo todo, una tercera acepción de cautela, absolver a alguien a cautela, se refiere, en los juicios eclesiásticos, a la absolución provisional del acusado en la duda de si ha incurrido o no en la excomunión. O sea, todo lo contrario de lo decidido por el PP respecto a Ricardo Costa, del que nadie tiene claro si ha sido excomulgado o no: el papa y el obispo de esa diócesis parecen no estar de acuerdo en ese punto. A veces, conocer el significado de las palabras conduce a no entender nada.
No hay comentarios :
Publicar un comentario