jueves, 22 de agosto de 2019

Rescates

La polisemia de la palabra rescate es amplia: tanto sirve para informarnos de que es nuestro deber rescatar a los Bancos -léase nuestro presunto deber de financiar sus pérdidas mediante un préstamo de 60.000 millones de euros de incierto retorno- como para refererise a rescatar a un migrante a punto de ahogarse en el mar en su desesperada huída de la guerra y la miseria; tanto sirve para referirnos a pagar un rescate para liberar a un secuestrado (o extorsionado o chantajeado) como para, en su versión suave, jugar de niños al rescate (no sé si este juego seguirá practicándose si no existe ningún juego de consola con ese argumento, por lo que recuerdo, había que jugar con otros niños físicos).
En todo caso, si nos centramos en las dos primeras acepciones, comprobamos que si bien ingresar (más) dinero a los Bancos en el hipotético caso de que vengan mal dadas -o simplemente, que haya habido una gestión de riesgos inadecuada por su parte o, sencillamente, que alguien se lo haya apropiado indebidamente- se nos dice que es buenísimo para el sistema -sea lo que sea esa entelequia que pocos conocen- y que, por tanto, constituye una obligación por nuestra parte, no ocurre lo mismo con otra obligación, moral en éste caso,  la de auxilio a un semejante en peligro de muerte, y ello dependiendo, sobre todo, de ciertas circunstancias; por ejemplo, si a una ONG dedicada al salvamento marítimo se le ocurre rescatar a personas en peligro, corre a su vez el riesgo de ser castigada (multada por rescatar sin licencia para ello): es decir, que ésto último, más allá de cualquier consideración moral, es malísimo ya que  nuestro país es un Estado de Derecho y las instituciones, poderes públicos y ciudadanos estamos sometidos todos a las leyes, nadie está a salvo de esto, incluído un barco, según nos informa la vicepresidenta del Gobierno; seguramente sin darse cuenta que en su mano tiene la solución a esa gravísima falta de respeto a nuestro Estado de Derecho y a las leyes: que encarcele al culpable, al barco, y asunto resuelto; ella debería saber cómo, ya que es doctora en Derecho Constitucional. Aunque otros expertos en Derecho Constitucional tienen una postura más clara y distinta sobre este tema.
Así es que, niños, ¿que hemos aprendido hoy?, pues, por hacerlo breve, que hay rescates y rescates, fundamentalmente distintos si se trata de rescatar a ricos (para que continúen siéndolo) o a pobres (que intentan sobrevivir y dejar atrás su miseria). Esa parece ser a circunstancia diferencial determinante.

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