jueves, 23 de enero de 2020

Esta monarquía

Juan Carlos de Borbón y Borbón fué proclamado Jefe del Estado español en virtud de una de las Leyes Fundamentales (la quinta, la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado,  de 1947) establecidas ex-novo por la dictadura franquista y derivadas de la legitimidad jurídica y los poderes que Franco recibió directamente de la divinidad (Caudillo de España por la gracia de Dios, se leía en las monedas con su efigie); en su día Franco había informado a Juan de Borbón, hijo de Alfonso XIII y aspirante a la sucesión del Reino de España, que él nombraría rey cuando lo considere conveniente (en realidad lo pospuso hasta que se produjo el hecho sucesorio, es decir, su propia muerte) y asimismo le informó de que ese Rey sería Rey de España, pero de la España del Movimiento Nacional, católica, anticomunista y antiliberal; así pues, el actual Jefe del Estado lo es antes por éste hecho sucesorio -en la persona de su padre- que por el hecho de que Juan Carlos I fuera reconocido como rey y Jefe del Estado en la Constitución de 1978 (hoy sabemos por boca del mismísimo Adolfo Suárez, entonces presidente del gobierno, que de no haber sido así, es muy posible que la monarquía no se hubiera justificado mediante un específico procedimiento democrático).
Resumiendo, el que hoy ostenta la Jefatura del Estado, Felipe VI, lo hace, en primer lugar, porque la dictadura franquista revocó la práctica totalidad de la legislación de la II República Española y en concreto, las conclusiones relativas al Acta de Acusación contra don Alfonso de Borbón Habsburgo-Lorena (Alfonso XIII) formulada por la Comisión de responsabilidades de las Cortes Constituyentes  (Diario de Sesiones de la Legislatura 1931-1933; apéndice noveno al Nº 73, de 12 de Noviembre de 1931), donde puede leerse en las conclusiones -después de considerados los cargos, entre ellos el de traidor a la Constitución que había jurado defender- lo declarado sobre el incurso D. Alfonso de Borbón:  el reo será degradado solemnemente de todas sus dignidades y derechos y títulos, que no podrá ostentar legalmente ni dentro ni fuera de España, de los cuales el pueblo español, por boca de sus representantes elegidos para votar las nuevas normas del Estado español, le declaran decaído, sin que pueda reivindicarlos jamás ni para él ni para sus sucesores .... de todos los bienes, derechos y acciones de su propiedad, que se encuentren en el territorio nacional, se incautará en su beneficio el Estado, que dispondrá del uso más conveniente que deba darles, siendo preferente el de responder a los perjuicios causados a la Administración pública por los actos de inmoralidad administrativa, en los que fue notorio su influjo durante las dictaduras.
Sería un acto de notable prudencia -hacia sí mismo, sobre todo- que el actual Jefe del Estado se mostrara -y realmente lo fuera- en todo momento políticamente neutral y que se mantuviera estrictamente dentro de los límites que marca la vigente Constitución cuando ésta hace referencia a las funciones que ha de desempeñar el Jefe del Estado; no debería ser necesario advertir de que borbonear a éstas alturas es bastante imprudente. Ya tenemos suficiente, los españoles, con aparentar que ignoramos los orígenes de la legitimidad de esta monarquía.

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