jueves, 20 de mayo de 2010

Solidaridad y expropiación

Es generalmente aceptado que el lenguaje es algo vivo y que, en consecuencia, las palabras cambian de significado en el transcurso del tiempo. Pero, además, están las modas y los malos usos de ciertas palabras que, repentinamente, resultan sobadas y manoseadas, hasta perderlo. Solidaridad es una de ellas. En su triste discurso anunciador y justificativo de las radicales medidas económicas a cargo de pensionistas, dependientes y funcionarios, el señor presidente del gobierno apeló a la solidaridad de estos colectivos con el país y su déficit. Solidaridad es, en la primera acepción del diccionario, una adhesión circunstancial a la causa o a la empresa de otros. Repárese en lo de adhesión, que para serlo realmente, supone voluntad libre e individual. La segunda acepción de la palabra solidaridad es propia del derecho y aún más restrictiva: modo de derecho u obligación in sólidum; lo cual tiene más que ver con obligaciones de deudores y derechos de acreedores. Que yo sepa, ningún pensionista, dependiente o funcionario firmó nunca ninguna obligación con el Estado reconociéndose ante éste deudor si el déficit de las cuentas del Estado iba peor de lo previsto. Naturalmente, el Estado tiene, en caso de perentoria necesidad, el derecho y el recurso a la expropiación, que es privar a una persona de la titularidad de un bien o de un derecho, dándole a cambio una indemnización. Se efectúa por motivos de utilidad pública o interés social previstos en las leyes. Esta vez, la indemnización será moral -el placer de sentirse solidario, aunque sea a la fuerza- y lo de utilidad pública e interés social, nos lo creeremos, también por solidaridad.

No hay comentarios :

Publicar un comentario